Altas Capacidades (V): medidas educativas

By Juan Carlos López - 20:54


Partiendo de la evaluación psicopedagógica realizada por el servicio de orientación correspondiente, la dirección del centro educativo debe disponer y facilitar la puesta en marcha de las medidas organizativas adecuadas para dar la respuesta educativa al alumno que ha sido evaluado.

Se deben identificar las necesidades especiales de apoyo educativo:

  • Psicológicas: moverse en un ambiente intelectual estimulante, donde puedan formar parte de la planificación de las tareas, adquiriendo un papel protagonista en su propio proceso de aprendizaje.
  • Sociales: estar integrados con sus iguales en la escuela, tener amigos, sentirse aceptados y respetados.
  • Intelectuales: estimulación para ser creativos y oportunidades para poder hacer uso de sus altas habilidades, así como disponer de muchos recursos para su aprendizaje.
Siguiendo la legislación vigente y partiendo de las necesidades de cada alumno, así como de las posibilidades organizativas del centro, las posibles medidas a tomar son las siguientes:

MEDIDAS ORDINARIAS

Las medidas de carácter ordinario tienen como prioridad promover el desarrollo pleno y el equilibrado de las capacidades contempladas en los objetivos generales de las enseñanzas, así como otras medidas organizativas, de carácter complementario necesarias en cada caso concreto.

Estas medidas podrán concretarse en determinadas estrategias de enseñanza-aprendizaje tales como:

  • Presentación de contenidos de distinto grado de dificultad. No adelantar contenidos de cursos superiores.
  • Propuesta de actividades de carácter interdisciplinar que requieren la conexión entre contenidos de distintas áreas y materias.
  • Diseño de actividades diversas, amplias, de libre elección, individuales.
  • Adaptación de recursos y materiales didácticos.
  • Organización flexible
  • Agrupamientos: establecer agrupamientos dentro del centro educativo, reuniendo al alumnado con altas capacidades intelectuales para ser atendidos, en el horario lectivo que se determine, fuera del aula ordinaria, contando para ello con los recursos humanos y la organización horaria que el centro disponga para tal fin.
  • Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación.
  • No incrementar cantidad de tareas y actividades de lo mismo que trabaja el resto de la clase. Si se hace así, al final es un castigo tener altas capacidades. Hay que profundizar en complejidad, eliminando lo que ya se sabe o domina.
  • Toda la clase puede beneficiarse de las actividades.
-        Programa de Enriquecimiento Curricular:

En Secundaria, según la legislación vigente, se puede ofertar un programa de enriquecimiento curricular para los alumnos de altas capacidades o especialmente motivados por el aprendizaje. Puede tratarse también de un proyecto de enriquecimiento para todo el centro con las siguientes actividades: debate escolar y oratoria, ajedrez, radio escolar, huerto escolar, teatro escolar, TIC's, robótica, ollimpiadas matemáticas,... 

En Educación Infantil y Primaria, también puede aplicarse medidas de enriquecimiento para todo el centro.

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y EXCEPCIONALES: ACELERACIÓN


Medidas extraordinarias:

Son aquellas que permiten enriquecer las experiencias de aprendizaje de los alumnos. El enriquecimiento consiste en que el alumno amplía, profundiza o investiga –a través de estrategias y tareas diseñadas para ello, y con el asesoramiento y supervisión del profesor– sobre temas relacionados con aquellas aptitudes en que su capacidad sobresale respecto a sus compañeros. Se trata de personalizar la enseñanza adaptando el programa a las características de cada alumno. Con esta medida el alumno permanece ubicado en el aula ordinaria, desarrollando un currículo adaptado a sus necesidades educativas, a la vez que comparte aula, juegos, actividades y/o experiencias educativas con su grupo de iguales.

Se aplican cuando las medidas ordinarias no resulten suficientes, y el alumno tiene un rendimiento excepcional en un número limitado de áreas, materias o asignaturas (talento simple, múltiple, complejo, por conglomerados). También se aplicará cuando el alumno presente un rendimiento global excepcional o continuado; pero manifiesta desequilibrios en los ámbitos afectivo y/o de inserción social (disincronía). Las medidas extraordinarias requieren evaluación e informe psicopedagógico del EOEP o Departamento de Orientación que lo acredite y proponga.

-     Adaptación curricular específica de ampliación o enriquecimiento. Adaptación individual de currículum. Los alumnos contarán, a partir de 3º de Primaria, con un Plan de Trabajo Individualizado (PTI), previo informe y asesoramiento del EOEP o Departamento de Orientación. En Secundaria, el director podrá nombrar un mentor, que se encargará de tutelar al alumno en su orientación académica y profesional.

  • Ampliación partiendo de las unidades didácticas: Sustituir actividades que sirven para afianzar conocimientos por otras que profundicen en los contenidos (Taxonomía de los objetivos de la educación de Bloom).
  • Centros de aprendizaje: enriquecimiento a través de rincones o talleres de ampliación.
  • Ampliación programando un área o más por proyectos (área completa).
  • Programar un área o más por proyectos (una vez al trimestre).
  • Introducir nuevos contenidos no contemplados en los currículum ordinarios (no pertenecen al currículum y son de interés del alumno).
  • Introducir programas específicos de desarrollo cognitivo: partiendo del currículum se busca el desarrollo de las capacidades cognitivas (ej.: proyecto Harvard, estimulación cognitiva, estimular pensamiento divergente,…).
  • Introducir programas específicos de desarrollo personal y social (disincronía social): habilidades de comunicación, conducta prosocial, respeto a las diferencias, desarrollar y mantener vínculos, resolución de problemas interpersonales,…). Desarrollo afectivo-emocional (autoconcepto, autoestima, empatía, identificar y expresar emociones, destrezas ara afrontar sentimientos negativos, tolerancia a la frustración. Trabajo cooperativo.
  • Actividades de libre elección, partiendo de los intereses del propio alumno (ej.: trabajo de investigación, preparar una obra de teatro, organizar la biblioteca, realizar maqueta del colegio o de una ciudad,…).
  • Condensación del currículo: Se realizan evaluaciones previas al inicio de cada unidad para conocer aquellos conceptos que ya conoce el alumno, para sustituirlos por otros de mayor complejidad.
  • Adaptación en los procedimientos de evaluación.

-        Agrupamientos flexibles

  • Agrupamiento flexibles interclases, dentro de un mismo nivel. El grupo más avanzado dentro de un nivel, en lugar de tratar contenidos de cursos superiores, mientras el resto de alumnos afianzan contenidos, dediquen tiempo a investigar/profundizar sobre contenidos de su interés con la guía del profesorado.
  • En circunstancias excepcionales, asistir una o varias áreas, materias o asignaturas de un curso superior, mediante fórmulas organizativas flexibles y medidas de enriquecimiento (hasta un 20% de la jornada escolar en Primaria. Hasta un 40% de la jornada escolar en Secundaria). Dichos agrupamientos, siguiendo la legislación vigente, se realizarán según la disponibilidad organizativa del centro. En Secundaria, se podrá realizar un proyecto de investigación tutelado por el profesor de la materia, dedicando las horas de flexibilización a realizar el proyecto.

Medidas excepcionales: flexibilización o aceleración

Sólo se adoptarán cuando las medidas extraordinarias no resulten suficientes. La flexibilización consiste en la incorporación a un curso superior al que le corresponde por su edad, hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica (obligatoria) y una sola vez en las enseñanzas postobligatorias (en nuestro centro Bachillerato). En ningún caso, podrán aplicarse los tres años de reducción en un mismo nivel o etapa educativa. La flexibilización se realizará cuando las medidas adoptadas por el centro, ordinarias y extraordinarias, se consideren insuficientes para atender adecuadamente a las necesidades y desarrollo integral de los alumnos. Para la incorporación a un curso superior deberá tener conseguidos los objetivos del ciclo y/o curso en el que esté escolarizado, debiendo justificarse desde la evaluación psicopedagógica, si esta medida es adecuada para contribuir a su equilibrio personal y su socialización. Se podrán realizar flexibilizaciones más allá de las indicadas anteriormente en casos muy excepcionales y mediante informe psicopedagógico que lo justifique.

Las medidas serán las siguientes:

  • Anticipar el comienzo de Primaria a los 5 años, cuando en la evaluación psicopedagógica se acredite tanto el carácter de superdotación intelectual, como la adquisición de objetivos de Educación Infantil, y se prevea que la medida es la adecuada y no dificulta el desarrollo de su equilibrio personal y de su socialización.
  • Reducir hasta dos años la escolarización en Primaria, debiendo acreditarse en la evaluación el carácter de superdotación intelectual, como la adquisición de objetivos del curso que el corresponda cursar. Aquellos a los que ya se le haya anticipado el año de escolarización obligatoria sólo podrán reducirse un año la Educación Primaria.
  • Reducir hasta dos años la escolarización en la ESO, debiendo acreditarse en la evaluación psicopedagógica el carácter de superdotación intelectual, como la adquisición de objetivos del curso que le corresponda cursar. Esta medida estará condicionada a que sólo se puede reducir un máximo de tres años en la escolarización obligatoria. Por tanto, en caso de haber sido reducida anteriormente en dos años, sólo podrá reducir en un año en Secundaria.
  • Reducir en un año la educación postobligatoria (Bachillerato), debiendo acreditarse en la evaluación psicopedagógica el carácter de superdotación intelectual, como la adquisición de objetivos del cuso que le corresponda cursar.
En las medidas excepcionales se contará con informe psicopedagógico que lo acredite y proponga, en lo que participará el EOEP Específico de Altas Capacidades, además de informe del equipo docente y autorización de Dirección General de Atención a la Diversidad e Inspección Educativa. Las medidas extraordinarias hay que solicitarlas por dirección entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

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